ACAIP-UGT vuelve a ser el sindicato mayoritario en las elecciones en prisiones
Las elecciones sindicales en prisiones en España son un proceso democrático que permite a los trabajadores penitenciarios elegir a sus representantes sindicales. Estas elecciones desempeñan un papel crucial en la protección de los derechos laborales y la mejora de las condiciones de trabajo en el ámbito penitenciario. En este blog, exploraremos el proceso electoral, desde la convocatoria hasta la declaración de resultados, y destacaremos la importancia de estas elecciones para fortalecer la participación laboral y garantizar un entorno de trabajo justo y seguro.
Recuentro de los votos del sindicato:
A continuación, realizaremos un repaso de los resultados obtenidos en centros penitenciarios y comunidades autónomas.
Mesas propias
CENTRO PENITENCIARIO | ACAIP-UGT | CSIF | CC.OO | USO | TAMPM | APFP |
---|---|---|---|---|---|---|
ANDALUCÍA* | 968 | 440 | 108 | 28 | 875 | 289 |
ARAGÓN | 144 | 117 | 23 | 0 | 139 | 0 |
ASTURIAS | 102 | 38 | 16 | 15 | 76 | 530 |
BALEARES | 146 | 99 | 37 | 3 | 115 | 0 |
CANARIAS | 139 | 213 | 60 | 18 | 368 | 5 |
CANTABRIA | 85 | 40 | 21 | 1 | 50 | 0 |
CASTILLA LA MANCHA | 191 | 122 | 51 | 7 | 73 | 82 |
CASTILLA LEÓN* | 444 | 444 | 50 | 1 | 421 | 180 |
CEUTA | 34 | 58 | 1 | 0 | 88 | 0 |
GALICIA | 233 | 365 | 17 | 5 | 297 | 70 |
LA RIOJA | 47 | 17 | 5 | 0 | 0 | 47 |
MADRID | 471 | 311 | 108 | 0 | 467 | 185 |
MURCIA | 101 | 22 | 38 | 0 | 208 | 41 |
NAVARRA | 20 | 20 | 3 | 0 | 0 | 58 |
VALENCIA | 687 | 349 | 47 | 1 | 574 | 117 |
Mesas compartidas
CENTRO PENITENCIARIO | ACAIP-UGT | CSIF | CC.OO | USO | TAMPM | APFP |
---|---|---|---|---|---|---|
BADAJOZ | 105 | 78 | 18 | 0 | 0 | 80 |
CÁCERES | 61 | 118 | 38 | 0 | 0 | 21 |
CIS SANTANDER | 30 | 14 | 19 | 20 | 3 | 0 |
MELILLA | 65 | 70 | 95 | 84 | 0 | 19 |
SANTACRUZ DE LA PALAMA | 32 | 18 | 5 | 12 | 13 | 2 |
CUENCA | 39 | 70 | 82 | 0 | 57 | 0 |
HUELVA | 91 | 146 | 37 | 135 | 141 | |
SERVICIOS CENTRALES MADRID | 12 | 35 | 11 | 0 | 20 | 13 |
¿Cómo es el proceso de las elecciones sindicales de prisiones?
Os explicamos los pasos generales del proceso de elecciones sindicales en prisiones en España:
- Convocatoria: Las elecciones sindicales son convocadas por la Administración Pública o la empresa penitenciaria correspondiente. La fecha y el procedimiento de la convocatoria son anunciados oficialmente.
- Censo electoral: Se elabora un censo electoral que incluye a todos los trabajadores que cumplen los requisitos para votar. Este censo es publicado y exhibido en lugares accesibles para que los empleados puedan verificar su inclusión y presentar posibles reclamaciones si es necesario.
- Presentación de candidaturas: Los sindicatos interesados presentan sus candidaturas para participar en las elecciones. Cada sindicato debe cumplir con los requisitos establecidos y presentar la documentación necesaria en el plazo establecido.
- Campaña electoral: Una vez aceptadas las candidaturas, comienza la campaña electoral. Los sindicatos pueden llevar a cabo actividades para promover sus propuestas y ganar el apoyo de los trabajadores, como reuniones, debates, distribución de material informativo, etc.
- Jornada de votación: En la fecha establecida, se lleva a cabo la jornada de votación. Los trabajadores penitenciarios ejercen su derecho al voto de forma secreta, eligiendo a los candidatos y sindicatos de su preferencia. Generalmente, se habilitan mesas de votación en los centros penitenciarios y se establecen medidas para garantizar la transparencia y la confidencialidad del proceso.
- Recuento de votos: Una vez concluida la jornada de votación, se procede al recuento de votos. Los resultados son supervisados por una comisión electoral designada, que asegura la validez y la transparencia del proceso. Cada sindicato obtiene un número de representantes proporcionales a los votos obtenidos.
- Declaración de resultados: Una vez finalizado el recuento, se proclaman los resultados de las elecciones sindicales. Los sindicatos que hayan obtenido representación sindical pueden comenzar las negociaciones con la Administración Pública o la empresa penitenciaria en nombre de los trabajadores que representan.
Es importante tener en cuenta que este proceso puede variar ligeramente dependiendo de la comunidad autónoma en la que se realicen las elecciones y de la normativa específica que las regule. No obstante, los pasos generales mencionados anteriormente reflejan el procedimiento comúnmente seguido en las elecciones sindicales en el ámbito de las prisiones en España.
¿Quién tiene derecho al voto?
En el censo electoral de las elecciones sindicales en prisiones se incluyen los trabajadores que cumplen ciertos requisitos establecidos por la legislación laboral. Estos requisitos pueden variar ligeramente dependiendo de la normativa específica de cada comunidad autónoma o del convenio colectivo aplicable en el ámbito penitenciario.
Por lo general, los trabajadores incluidos en el censo electoral de las elecciones sindicales en prisiones son aquellos empleados que mantienen una relación laboral directa con la Administración Pública o la empresa penitenciaria y que desempeñan funciones relacionadas con el ámbito penitenciario.
Esto puede incluir, entre otros:
- Funcionarios de prisiones: Son aquellos que han superado las oposiciones y han obtenido una plaza fija como funcionarios de carrera en el cuerpo de Instituciones Penitenciarias. Estos pueden incluir funcionarios de diferentes categorías, como jefes de servicio, jefes de departamento, subdirectores, etc.
- Personal laboral: Se refiere a aquellos empleados que trabajan en las prisiones, pero no tienen una condición de funcionario. Pueden ser contratados bajo diferentes modalidades, como personal de servicios generales, personal de mantenimiento, personal de administración, etc.
- Otros profesionales: Dependiendo del centro penitenciario y de las funciones desempeñadas, también pueden incluirse otros profesionales que trabajan en áreas específicas dentro de las prisiones, como médicos, psicólogos, educadores, trabajadores sociales, etc.
Es importante tener en cuenta que la inclusión en el censo electoral está sujeta a los requisitos y criterios establecidos en la normativa vigente y en los acuerdos colectivos aplicables. Por lo tanto, los detalles específicos sobre quiénes son elegibles para votar en las elecciones sindicales de prisiones pueden variar en función de estos factores.